IEES capacita a personal de Cobaes sobre el Proceso Electoral 2021

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Personal directivo, mandos medios y encargados de difusión institucional del Colegio participan en conferencia virtual donde se instruyó sobre las normas de la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

Culiacán, Sinaloa. 26 de febrero de 2021.- Con el objetivo dar a conocer la normatividad vigente durante el actual proceso electoral, así como las restricciones y prohibiciones que establece la Ley General en Materia de Delitos Electorales, Cobaes y el Instituto Electoral del Estado de Sinaloa impartieron la conferencia virtual, “Las Personas Servidoras Públicas y el Proceso Electoral Local 2020-2021”, dirigida a más de 200 elementos de su personal directivo, administrativo y docente a nivel estatal. 

Con la representación del director general de Colegio de Bachilleres, Sergio Mario Arredondo Salas, la directora de Vinculación y Servicios Integrales del Bachiller, Adelaida Ayón Lares, dio la bienvenida a la titular de la Unidad Técnica de Vinculación con el INE y del Servicio Profesional Electoral del IEES, Melina León Verdugo. 

Junto con la responsable del Órgano Interno de Control, Janet Faviola Tostado Noriega, Ayón Lares destacó la importancia de conocer las disposiciones legales y la reglamentación en la materia por parte del personal de Cobaes para “no incurrir en delitos electorales”.  

En su participación, Melina León Verdugo, quien ha formado parte de en diversos procesos electorales tanto federales como estatales, informó que “cualquier propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social”. 

“En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público”, reveló. 

La funcionaria del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa señaló que “las tareas programadas se pueden hacer. Lo que no se puede hacer es la divulgación de las mismas, con excepción de una campaña de vacunación o ante casos de desastres naturales”. 

La especialista dejó claro que “la omisión, incumplimiento o condicionamiento de la prestación de un servicio; el incumplimiento de programas gubernamentales; el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones o la realización de obras públicas, en el ámbito de su competencia, representan conductas que se consideran delitos electorales”. 

En ese sentido, agregó que “el destino y utilización de fondos, bienes o servicios a su disposición de manera ilegal en apoyo o al perjuicio de un partido político, coalición, candidato, también son conductas delictuosas en materia electoral”. 

En el caso específico del Colegio, la expositora subrayó que “los eventos agendados de índole institucional pueden llevarse a cabo. Solamente se debe cuidar y evitar la difusión de dichos eventos. Aunque amparados en el principio de imparcialidad, los funcionarios pueden otorgar declaraciones a representantes de los medios de comunicación, solo si referente al evento que asistan”. 

Agregó que los funcionarios y servidores públicos pueden asistir a actos proselitistas sólo en días y horas inhábiles, pero no convertirse en animadores de dichos eventos o promotores de candidatos, además de que los informes de labores institucionales no son considerados como propaganda. 

Sobre el uso de redes sociales, informó que los contenidos publicados pueden ser objeto de un análisis para constatar su legalidad, más aún cuando se denunciara a sujetos que participan activamente en la vida político-social, exhortando a todos a abstenerse de hacer publicidad en redes por la naturaleza de los cargos que están desempeñando, concluyó. 


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