Senador Enrique Inzunza aprueba la Reforma de Inimpugnabilidad Constitucional

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*Senadores avalan elevar a rango constitucional los artículos 107 y 105 de la Carta Magna.

Ciudad de México, Distrito Federal, México. 25 de octubre de 2024.- Con 85 votos a favor y 41 en contra el Pleno del Senado de la República avaló, a las 12:44 horas (del centro de México de este día), la iniciativa por la que se reformó el artículo 107 y se adicionó un quinto párrafo al artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El senador Enrique Inzunza, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos fue puntual al explicar los precedentes que existen en amparos de revisión y controversias constitucionales. También habló de los distintos medios jurisdiccionales que son competencia de la corte, juicio de amparo, acciones de inconstitucionalidad, controversias constitucionales.

El senador sinaloense Enrique Inzunza expuso que “el dictamen propone cosas que ya existen. Llevar al rango constitucional la fracción primera del artículo 61 de la ley de amparo y, por otro lado, eso en el artículo 107 y, por otro lado, en el 105, llevar a rango constitucional lo que ya ha definido la Corte como criterio jurisprudencial de 2022, que en contra del poder reformador no existe ningún medio de control jurisdiccional que proceda”.

A detalle explicó, “y la pregunta obligada es ¿y por qué, si ya existe, habría que llevarlo al texto constitucional? Pues se las contesto de seguida, dijo, porque para nadie es ajeno que en este momento jueces, juezas de la Federación, ministros y ministras actuando como juez y juez, voy a decir, o mejor dicho, como juez y parte, están tratando de burlar, están tratando de desatender lo que ha sido su línea más reciente de decisión en este tema”.

El legislador con más de 25 años de experiencia en el Poder Judicial expresó: “y lo que queremos hacer con la reforma es dejar con toda claridad establecido que el poder reformador de la Constitución, como órgano que representa la soberanía nacional, que reside esencial y originalmente en el pueblo, no puede ser controvertido por ningún mecanismo de control jurisdiccional”.

Desde el pleno Inzunza Cázarez preguntó y dio respuesta “¿es este órgano reformador de la Constitución? El que se integra por las dos cámaras del Congreso de la Unión. Conforme al 135, se requiere mayoría calificada de ambas y se requiere también la aprobación de la mayoría de las legislaturas estatales”.

El senador oriundo de Batequitas, cerró su participación destacando “nuestra democracia y nuestra República se cimenta estructuralmente en el artículo 39 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, artículo que recomendó a las juezas y los jueces, a las ministras y a los ministros y a la oposición conservadora del PRIAN, que lo lean todas las mañanas y lo lean despacio, porque ahí reside la fortaleza de nuestra República Democrática.

Tras la votación, el dictamen se remitió a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para su discusión y eventual aprobación.

Una vez que sea aprobada también en San Lázaro, ésta se turnará a los 32 congresos locales, en donde debería contar con el aval de al menos 17 legislaturas locales y de la Ciudad de México.


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